La denominada Ley de Plantas Municipales o de Fortalecimiento de la Gestión Municipal, otorga la facultad a nuestros Alcaldes y Alcaldesas con el acuerdo del Concejo Municipal para fijar o modificar sus plantas municipales cada ocho años, constituyéndose ésta en una instancia real de construir o reordenar su estructura institucional de acuerdo a sus necesidades específicas, bajo principios de responsabilidad y probidad .
Teniendo presente que esta Ley se funda en el proceso de desarrollo de la descentralización del país, a partir del fortalecimiento de las municipalidades, dentro de las principales innovaciones se cuentan: